Jul 23, 2020
A través de un anuncio en su pagina WEB, La AFIP, informó la prórroga de vencimientos.
Se prorrogan los plazos para la presentación y pago de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedulares, los cuales comenzarán a vencer a partir del 10 y hasta el 12 de agosto en lo que hace a las presentaciones y partir del 11 y hasta el 13 de agosto para el pago de los saldos resultantes.
También se definió, postergar hasta el 31 de agosto el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales e incrementar de $ 1.500.000 a $ 2.000.000 el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben realizar dichas declaraciones juradas.
Fuente: https://www.tasplusp.com.ar/post/ganancias-y-bienes-personales-2019-pr%C3%B3rroga-de-vencimientos
Dic 6, 2019
Procedimiento automático de la renovación del certificado MIPyME
Para renovar automáticamente el «certificado MiPyME» la AFIP tramitará a la Secretaria de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana empresa durante el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal de cada empresa la actualización del Formulario 1272 «PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios»
Con anterioridad la secretaria de emprendedores enviará una notificación al domicilio electrónico de la empresa -que pondrá a disposición desde el primer día habil del cuarto mes posterior al cierre de su ejercicio fiscal y hasta 20 días corridos, la información correspondiente a los campos del formulario 1272..
El primer día hábil posterior al vencimiento del plazo establecido la AFIP transmitará la información a la Secretaría.
FUENTE:www.tasplusp.com.ar/post/resoluci%C3%B3n-4642–2019-secretaria-de-emprendedores-y-de-la-peque%C3%B1a-y-mediana-empresa-nacional
Nov 4, 2019
Es sabido que por requerimiento de los distintos organismos a cuyo cargo se encuentra la verificación del cumplimiento de obligaciones tributarias, hoy por hoy existe pluralidad de información acerca de los contribuyentes; y que debido a ello se hacía necesario implementar un registro único con el objeto de simplificar y optimizar el modo de inscripción y registro de los contribuyentes.
Es por ello que como primer paso hacia este ordenamiento, la AFIP a través de su resolución general 4624 ha implementado un “Registro Único Tributario-Padrón Federal” con el fin de promover la simplificación y unificación de las inscripciones y registros de los contribuyentes del orden tributario nacional y de las administraciones tributarias locales, que adhieran al mismo mediante convenios o normas particulares.
Todos los contribuyentes que ya posean inscripciones impositivas serán incorporados “de oficio” a este registro y cada contribuyente deberá validar los datos allí volcados ingresando al servicio “Sistema Registral”.
En este registro se pondrá encontrar datos tales como CUIT, domicilios, actividades, impuestos registrados, etc. y las funcionalidades y especificaciones del “Registro” se encontrarán detalladas en el micrositio “Registro Único Tributario Federal – Padrón Federal” del sitio “web” de la AFIP.
FUENTE: https://www.tasplusp.com.ar/post/implementaci%C3%B3n-del-registro-%C3%BAnico-tributario-padr%C3%B3n-federal
Oct 30, 2019
A través de la RG 4616/2019 LA AFIP extendió el plazo límite de adhesión al plan de facilidades de pago para deudas impositivas y de los recursos de la seguridad social. (RG 577/2019).
Dicha resolución incluye deudas vencidas impositivas y de los recursos de la seguridad social hasta el 15 de Agosto 2019, ademas permite refinanciar ciertos planes vigentes.
Fuente:https://www.tasplusp.com.ar/post/extensi%C3%B3n-del-plazo-de-acogimiento-a-planes-de-facilidades-de-pago